A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Severiche Hernandez Judith·Demandado Alcaldia Municipal De San Pedro Sucre
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acciones de cumplimiento de actos administrativos relacionados con los planes de ordenamiento territorial y usos del suelo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre, y el Juzgado Primero Civil del Circuito de Corozal, Sucre.
La controversia se causó por una acción de cumplimiento instaurada por una ciudadana en contra de la Alcaldía Municipal de San Pedro, Sucre, con la pretensión de solicitar a la demandada la elaboración del esquema de ordenamiento territorial que, a pesar de la respuesta afirmativa, no se le dio cumplimiento.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena decide que la Jurisdicción Civil será la competente para conocer de las acciones de cumplimiento cuando estas son dirigidas contra una entidad de naturaleza pública o particulares en ejercicio de su función administrativa, cuando se pretenda el cumplimiento de deberes establecidos en la Ley 9ª de 1989 y la Ley 3ª de 1991, relacionadas con los planes de ordenamiento territorial y usos del suelo.
Ello en virtud del artículo 116 de la Ley 388 de 1997 y el principio de especialidad, conforme la regla fijada en Auto 951 de 2021.
Consecuentemente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito de Corozal, Sucre, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre, y a los demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre, y el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Corozal, Sucre, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Corozal, Sucre, y debe reasumir la competencia del referido proceso.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4811 al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Corozal, Sucre, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre, y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.